Artículo 34.-

Las relaciones entre las remuneraciones de las categorías docentes universitarias son las que se encuentran vigentes por acuerdo paritario general, pretendiendo alcanzar la siguiente escala:

Profesor Titular 1,8

Profesor Asociado 1,6

Profesor Adjunto 1,4

Jefe de Trabajos Prácticos 1,2

Ayudante 1,0

0